Sistemas comunitarios de agua: del reconocimiento legal a la participación efectiva
- Cántaro Azul

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La armonización de las leyes estatales debe construirse con las comunidades que ya sostienen el acceso al agua en sus territorios.

La gestión comunitaria del agua es una forma organizada, sin fines de lucro y adaptada al contexto local, mediante la cual comunidades (y escuelas) participan en el acceso, distribución, cuidado, operación y mantenimiento de tecnologías y servicios relacionados con agua y saneamiento. Se trata de una práctica histórica muy diversa, expresada en asambleas, cargos, comités, patronatos, faenas, cuotas, gestiones ante autoridades, etc. Describirla es un primer paso para su reconocimiento efectivo.
Esta definición adquiere relevancia actualmente. El 11 de diciembre de 2025 se publicó oficialmente la Ley General de Aguas y reformas a la Ley de Aguas Nacionales, marcando una nueva etapa para la gestión de los recursos hídricos en el país. Ahora se abre la oportunidad para actualizar y armonizar leyes estatales de manera participativa, transparente y con enfoque de derechos.
La armonización debe atender una agenda amplia: planeación hídrica, coordinación institucional, calidad del agua, saneamiento, financiamiento, infraestructura, participación social y garantía de derechos. Dentro de esa diversidad de temas, para Cántaro Azul resulta prioritario el reconocimiento efectivo de los sistemas comunitarios de agua, especialmente porque la Ley General de Aguas establece que su operación será regulada por las leyes que emitan las entidades federativas.
Chiapas: patronatos, comités y brechas de acceso
En Chiapas, histórica y legalmente existen los patronatos y comités de agua. La Ley de Aguas del Estado menciona a los patronatos, mientras que su reglamento incluye comités comunitarios con facultades específicas. El desafío consiste en complementar y fortalecer esas figuras a partir de las actualizaciones federales, de manera que el marco estatal reconozca su diversidad, su legitimidad social y sus necesidades reales de operación.

Con un 51% de la población viviendo en zonas rurales y únicamente 52% de las viviendas con agua entubada disponible, Chiapas arroja datos que permiten dimensionar la relevancia estratégica de los sistemas comunitarios: en muchas comunidades rurales e indígenas, la organización local sostiene parte del acceso cotidiano al agua y enfrenta retos técnicos, económicos e institucionales.
El reconocimiento efectivo puede promover condiciones para la corresponsabilidad con reglas claras, acompañamiento técnico, financiamiento accesible, coordinación municipal y participación informada. La garantía del derecho humano al agua y al saneamiento requiere sumar capacidades, no sustituir responsabilidades ni dejar solas a las comunidades.
Cuatro experiencias que dan forma a la gestión comunitaria
Experiencias que dan vida a estas definiciones existen por miles. En La Unión, municipio de Sitalá, el trabajo encabezado por María Luisa, presidenta de la Asociación de Patronatos de Agua del Municipio de Sitalá, avanzó de manera significativa en la gestión de la fuente. La comunidad logró el acceso formal a un manantial y la construcción de una línea de conducción, con participación comunitaria, apoyo municipal y acompañamiento de organizaciones sociales.
En Río Blanco, zona baja del municipio de Berriozábal, la experiencia encabezada por don Mario, presidente del comité de agua desde 2016, muestra otra realidad. Ante la desaparición del manantial que abastecía a la comunidad y la urgencia que eso provocó, iniciaron la perforación de un pozo artesanal con las herramientas disponibles y trabajo comunitario. Un ejemplo de la capacidad para reaccionar cuando el apoyo municipal resulta insuficiente o llega tarde, y que subraya la importancia de contar con mecanismos públicos que acompañen, orienten y fortalezcan esas decisiones.
En San Isidro, también dentro de Berriozábal, la discusión se mueve hacia el saneamiento. La comunidad ya cuenta con acceso al agua y ahora busca aplicar soluciones basadas en la naturaleza, con el proyecto de humedal artificial para el tratamiento de aguas residuales. La experiencia permite entender que los sistemas comunitarios no sólo requieren infraestructura para abastecer agua; también necesitan condiciones para cuidar el ciclo completo, reducir contaminación y proteger la salud beneficiando a su comunidad, así como a las comunidades vecinas.
En Chixtontic, municipio de Tenejapa, jóvenes del comité de agua saliente incorporaron a su cargo comunitario el monitoreo periódico de la calidad del agua en el Sistema de Agua Segura que abastece con garrafones a una parte importante de la comunidad. Esta práctica, difícil de sostener en el tiempo, fortalece la toma de decisiones y convierte a la comunidad en productora de información útil para el cuidado de la salud y la mejora del sistema.

Estas experiencias materializan lo que muchas veces se presenta como concepto, cifra o categoría jurídica. En conjunto muestran la diversidad de actividades que la gestión comunitaria puede implicar. El reconocimiento legal debe traducirse en participación efectiva, recursos, asistencia técnica y mecanismos de sostenibilidad. Para lograrlo, las legislaturas estatales tienen la oportunidad de abrir espacios de diálogo con comités, patronatos, sistemas comunitarios, escuelas, organizaciones sociales, academia, municipios e instituciones del agua.
La pregunta de fondo es cómo acercar la experiencia territorial al campo político-jurídico para que las leyes estatales respondan a la vida cotidiana de quienes gestionan el agua. Esta nueva etapa normativa puede convertirse en una herramienta útil para la justicia hídrica, la corresponsabilidad y la colaboración entre quienes deciden, quienes operan y quienes viven todos los días los desafíos del agua en sus territorios.


